A- de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Giraldo Parra Luz Estella·Demandado Tribunal Superior De Pereira Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de la referencia incluido el auto admisorio de la demanda porque se le dio aplicación al Art. 1º del Decreto 1382 de 2000, por lo anterior, la Sala Plena de esta Corporación ha venido señalando que el Art. 1º del mencionado decreto es manifiestamente contrario a la Carta Política y por lo tanto debe ser inaplicado, acudiendo para ello a la figura de la excepción de inconstitucionalidad.
En consecuencia, ordenó remitir el expediente al Consejo de Estado para que realice el trámite que corresponda conforme a la Constitución y la Ley.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de la referencia, incluido el auto admisorio de la demanda proferido el día 29 de noviembre de 2000. En consecuencia, por Secretaría General de la Corte remítase el expediente al Consejo de Estado, para que de manera inmediata se le imprima a la petición de tutela el trámite que corresponda conforme a la Constitución y la Ley.
- Segundo. Por Secretaría General de la Corte, COMUNÍQUESE esta decisión a la accionante, señora Luz Estella Giraldo Parra.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.